Expte. Nº3.654/09.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º Inc.14, 52, 53, 63, Art.41º Incs. 24 y 26 , Art. 44º.
Los micro basurales permanentes formados a lo largo de la ribera.
El reclamo de vecinos que transitan por el lugar.
El decreto Nº 208/08 , y
CONSIDERANDO:
Que a lo largo de toda la ribera (desde el Frigorífico Swift hasta Frigorífico Paladini) siguen proliferando micro basurales con consecuencias graves para la salud que ello acarrea.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1707/2009
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:
a) tareas de limpieza, desinfección y controles de los desagües a cielo abierto a lo largo de toda la ribera (desde Frig. Swift hasta el Frig. Paladini)
b) realice tareas de mantenimiento a las bombas situadas en el lugar, alistadas para extraer agua por cualquier eventualidad.
ART.2º) El Concejo Deliberante solicita la ejecución y puesta en marcha de lo dispuesto en el Decreto Nº 208/08 .
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de noviembre de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale