Expte. Nº 3.896/10.
VISTO:
El micro basural ubicado en calle Fornieles al 541.
El Presupuesto General de Gastos.
El reclamo de vecinos.
La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 24, 52, 53, 62 ; 41º Incs. 24 y 44 , y
CONSIDERANDO:
Que en calle Fornieles al 541 se ha generado un micro basural permanente.
Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que transitan por el lugar.
Que dicho lugar es muy transitado por menores que acuden al Club Sportivo, que se encuentra en el sector, a realizar deportes.
Que en el sector mencionado la calle se encuentra intransitable debido a la formación de pozos y desniveles peligrosos que evidencian un claro abandono.
Que los vecinos reclaman que el micro basural obstruye el transito peatonal y el olor es nauseabundo.
Que es necesario emplear medidas para regularizar la recolección y mantener en condiciones dignas este tipo de lugares que requieren un tratamiento particular.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1797/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:
a) Limpieza del micro basural ubicado en calle Fornieles al 541.
b) Desinfección del lugar mencionado en el Inciso anterior.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de agosto de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale