Expte. Nº 4.062/10.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que por nota ingresada a este Cuerpo vecinos de calle Julio A. Roca al 500 y Cortada Victoria entre calle Julio A. Roca y Comandante Espora manifiestan el considerable deterioro en que se encuentran dichas arterias y solicitan la reparación y mantenimiento de las mismas.
Que dicho estado de deterioro aumenta la posibilidad de que ocurran accidentes.
Que es deber del Municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de accidentes en la vía publica.
Que este Concejo Deliberante brega por un mejoramiento en la calidad de vida de nuestros vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1.864/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Área que corresponda, proceda a realizar tareas de reparación y mantenimiento en la calle Julio A. Roca al 500 y Cortada Victoria entre Julio A. Roca y Comandante Espora.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de diciembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni