Expte. Nº 4.055/10.
VISTO:
Los estancamientos de agua en el cruce de San Lorenzo y Pasaje 2.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de calle San Lorenzo y Pasaje 2 el agua servida no tiene salida y se estanca provocando anegamientos que inundan las casas de la zona; generando serios e irreparables daños.
Que los vecinos del lugar han realizado los correspondientes reclamos frente al Municipio para solucionar este inconveniente.
Que es necesario realizar las obras para el drenaje de las aguas servidas otorgando una solución definitiva al problema en cuestión.
Que es deber del municipio brindar la infraestructura elemental para el buen desarrollo de los barrios de la ciudad y los vecinos que la habitan.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1.866/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Área que corresponda realice las obras correspondientes para el drenaje de las aguas servidas de la intersección de las calles San Lorenzo y Pasaje 2.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de diciembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni