Expte. Nº 4.256/11.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º Incs.14 y 24 .
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que la calle 3 de Febrero es una arteria de doble mano muy transitada.
Que a la altura de 17 de Octubre, tanto automovilistas y motociclistas transitan dicha arteria a gran velocidad.
Que en el barrio habitan una gran cantidad de familias con hijos menores que mantienen aún la añeja costumbre de disfrutar charlas de vecinos y juegos de niños en las veredas.
Que a pocos metros se encuentra el Establecimiento Escolar Nº 1.271 Alicia Moreau de Justo, siendo muy peligroso para los alumnos el exceso de velocidad de los vehículos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1892/2011
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de colocar reductores de velocidad como así también la correspondiente señalización en calle 3 de Febrero a la altura del 200, entre las intersecciones de calles 17 de Octubre y San Juan.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de diciembre de 2.011.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci