Expte.Nº 4.380/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs.14, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 .

El reclamo de vecinos que transitan por el lugar; y

 

 

CONSIDERANDO:

            Que en las intersecciones de la calles Nuestra Sra. de la Paz con  Santa Fe,  Lavalle y  Corrientes; como así también en las intersecciones de las calles Cervantes con Lavalle, Av. Argentina y  Cambeira;  prolifera varios micro basurales de grandes magnitudes con todas las consecuencias graves para la salud que ello acarrea.

            Que se pueden observar la presencia de roedores por el lugar y la quema de basura perjudica la salud y el bienestar de los ciudadanos.

            Que los olores nauseabundos y el humo por quema de la basura hacen imposible la vida a los ciudadanos de la zona.

Que es deber del Municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1919/12

 ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice tareas de limpieza, desinfección y control  de los micro basurales que se ha instalado en las intersecciones de la calles Nuestra Sra. de la Paz con  Santa Fe,  Lavalle y  Corrientes; como así también en las intersecciones de las calles Cervantes con Lavalle, Av. Argentina y  Cambeira;  Sección Catastral 1, Barrio Pueblo Nuevo.

ART. 2)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de mayo de 2.012. 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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