Expte. Nº 4.822/13.
Visto:
Ley 2.756 Articulo 39º incisos 30;
El reclamo verbal de los vecinos, y
Considerando:
Que calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200 entre San Luis y 17 de octubre se encuentra intransitable por la presencia de númerosos baches de distintas dimensiones.
Que siendo una arteria importante debido a la ubicación de un destacado frigorífico debería estar en condiciones para que la actividad productiva se mantenga.
Que los vehículos que pueden verse dañados al intentar atravesar dicha arteria e incluso provocar daños físicos a los motociclistas o ciclistas que no advierten las deplorables condiciones de la calzada.
Que es deber del Departamento Ejecutivo mantener en condiciones las calles de nuestra ciudad y evitar cualquier tipo de inconveniente que pudiera afectar el bienestar de sus vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2023/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar una carpeta asfáltica de 7 cm. de espesor o, en su defecto, obras de bacheo para revertir las condiciones en que se encuentra calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200 entre San Juan y 17 de Octubre.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci