Expte. Nº 4.822/13.

Visto:

Ley 2.756 Articulo 39º incisos 30;

El reclamo verbal de los vecinos, y

 

Considerando:

Que calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200 entre San Luis y 17 de octubre se encuentra intransitable por la presencia de númerosos baches de distintas dimensiones.

Que siendo una arteria importante debido a la ubicación de un destacado frigorífico debería estar en condiciones para que la actividad productiva se mantenga.

Que los  vehículos que pueden verse dañados al intentar atravesar dicha arteria e incluso provocar daños físicos a los motociclistas o ciclistas que no advierten las deplorables condiciones de la calzada.

Que es deber del Departamento Ejecutivo mantener en condiciones las calles de nuestra ciudad y evitar cualquier tipo de inconveniente que pudiera afectar el bienestar de sus vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2023/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar una carpeta asfáltica de 7 cm. de espesor o, en su defecto, obras de bacheo para revertir las condiciones en que se encuentra calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200 entre San Juan y 17 de Octubre.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de junio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

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