Expte. Nº  4.924/13.

Visto:

Ley de Tránsito Nº 24.449.

Ley 2.756 Art. 39º.

El reclamo de los vecinos, y

 

Considerando:

Que sobre ambas manos de calle Fornieles a la altura del 600 hasta el 400 entre Independencia e Intendente Andréu los vehículos circulan a gran velocidad.

Que los vecinos padecen diariamente y a toda hora la presencia de conductores que desobedecen los límites máximos de velocidad establecidos en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.

Que la zona es de gran transitabilidad por la presencia del Club Sportivo Municipal, en el cual niños y adolescentes practican distintas actividades deportivas.

Que en la proximidad de la intersección de calle Fornieles con calle Intendente Andréu se encuentra un reductor de velocidad que no está correctamente construido y señalizado.

Que se hace imprescindible la construcción de reductores físicos de velocidad en la proximidad de las intersecciones de calle Fornieles con calle 12 de octubre  y con Intendente Andréu.

Que las autoridades municipales deben velar por la seguridad de los habitantes de la ciudad.

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2044/2013

 

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría, estudie la factibilidad de instalar reductores de velocidad correctamente señalizados en calle Fornieles en sus intersecciones con calle 12 de Octubre e Intendente Andreu.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de octubre de 2013

 

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

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