Min. 2055/13 Regularización inmueble ubicado en la intersección de las calles Garay y J.B.Justo

Expte. Nº  4.999/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 arts. 17º;  21º incs.a, b, c y e; 39º incs. 14, 27 y 62; 41º incs. 7 y 24; El Código Municipal de Faltas (Ord. 490/89) Arts. 90, 94, 135, 139; el pedido de los vecinos que viven o transitan por el lugar,

El Decreto Nº 400/12, Expte. Nº 4531/12, y

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de las calles Garay y J.B.Justo, lindante con la Comisaría N° 29 de nuestra ciudad, se encuentra un inmueble de edificación sin terminar, desde hace décadas.

Que en los últimos meses se han destruido los ingresos al mismo, observándose vidrios rotos, destrucción en su interior y ningún tipo de iluminación.

Que los vecinos han manifestado que en distintos horario ingresan y egresan personas desconocidas por motivos que se desconocen.

Que en Septiembre de 2012 se aprobó el Decreto Nº 400/12 solicitando la inspección del inmueble y la remisión de un informe a este Cuerpo.

Que ante el estado manifestado en los puntos anteriores constituye un serio peligro para las personas que transitan por el lugar y los vecinos de la zona.

Que sería de necesidad urgente realizar el vallado total correspondiente de dicha propiedad con el fin de dar segundad a la zona, eliminar el aspecto de abandono.

Que los propietarios del inmueble tienen obligaciones impuestas por la convivencia y la relación de vecindad, la buena fe y las buenas costumbres.

Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.

Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2055/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, realice las gestiones pertinentes ante los dueños de la edificación situada en la intersección de las calles Garay y Juan B. Justo esquina sur-este para normalizar la situación planteada en los considerandos.

 

 ART.2) Pasados los 60 días de la notificación ante él o los propietarios en cuestión, facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar las medidas legales necesarias para hacer efectiva la regularización del estado del inmueble, incluída la expropiación por causa de utilidad pública.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013

 

 

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

 

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