Expte. Nº 7.092/20.

VISTO:

La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449,

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

La Ley Provincial Nº 13.133, Adhesión a la Ley Nacional de Tránsito,

La Ordenanza 37/72 “Código de Tránsito”,

El reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que, a través de lo dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, los organismos municipales tienen competencia para la aplicación y comprobación de las normas tendientes a preservar la seguridad vial.

Que en la intersección de Av. Filippini y calle Simón Bolivar del Barrio Coronel Aguirre, a partir de la llegada del asfalto, los conductores de vehículos motorizados circulan con imprudencia a altas velocidades, ocasionando una serie de accidentes que involucran tanto a vehículos como a peatones de la zona.

Que la instalación de reductores de velocidad son un paliativo a las malas prácticas de los conductores, favoreciendo una mejor regulación del tránsito en la zona.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.145/2020

                              

ART 1°)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de colocación de reductores de velocidad en Av. Filippini, en el tramo comprendido desde la altura 2400 al 2500 y en calle Simón Bolívar a la altura del  1800, disponiendo además de su correspondiente señalización.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de junio de 2020.

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Min. 2145-20_06-26-2020-123719

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