Expte. Nº 8.799/25
VISTO:
La Ley Nacional N°24.449, regulación del Tránsito en toda la República Argentina;
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756;
El reclamo de vecinos por reiterados accidentes de tránsito en intersección de las calles 17 de
Octubre y Sáenz Peña, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una intersección de alto tránsito vehicular.
Que vecinos y vecinas de 17 de Octubre y Sáenz Peña se han comunicado con este Concejo
haciendo reclamos respecto a los accidentes que ocurren en dicha intersección.
Que además del elevado tránsito de vehículos particulares, por esa intersección circulan a su vez
unidades del Transporte Urbano de Pasajeros.
Que la ley de tránsito establece la posibilidad de implementar medidas para la reducción de
velocidad a fin de prevenir tales accidentes.
Que el Municipio tiene el deber de mejorar las políticas de prevención en cuanto a los accidentes
viales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2.158/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de colocar reductores de velocidad para aliviar posibles
incidentes de tráfico vehicular en la intersección de las calles 17 de Octubre y Sáenz Peña.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 05 de junio de 2.025.
AUTORA: ANDREA BALBUENA.

