VISTO Y CONSIDERANDO:
La petición realizada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, con fecha 30 de Julio de 1.973, en la que se solicita se declare a esta Institución de Bien Público y considerando que esta Institución encuadra su accionar dentro de las normas requeridas , para ser tenida por tal, esta Concejo Deliberante, en reunión de la fecha, aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 11/73
ART.1º) Declárese ” Ente de Bien Público y única reconocida en la Ciudad en sus fines específicos ” en concordancia con el Art. 40º, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 – a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez – Depto.Rosario, Pcia. de Santa Fe.
ART.2º) Notifíquese a la parte interesada de la presente Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, Agosto 03 de 1.973.