Ord. 0035/73 Se exceptua de la Ord. 24/73 a los autos remisse

VISTO:

La nota presentada con fecha 20 del corriente Mes,  por los representantes del Remises, y

CONSIDERANDO:

Que  es  necesario clarificar en forma  terminante  los Derechos y Obligaciones de este Servicio Público, a los fines  de  que en adelante la interpretaciones  que  se realicen sobre las Ordenanzas que reglamenta su  accionar,  no dejen margen para interpretaciones que  muchas veces  ha  llevado a errores de procedimientos,  en  lo concerniente a Inspección y Reglamentación de Tránsito.

Por  todo  ello, este Concejo en reunión  de  la  fecha  aprueba la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 35/73

ART.1º) Exceptúase  de  la Reglamentación de  la  Ordenanza  Nº 24/73 del 02 de Octubre de 1.973; los Autos Remisse.

     

ART.2º) Agréguese al final del Art. Nº 14 de la  Reglamentación a que se refiere el Art. 1º de la presente Ordenanza, lo siguiente:  ” Exceptuándose la Ordenanza ” Nº 06/73  del 29 de Junio de 1.973. 

 

ART.3º) La Reglamentación que deberán observar para el  funcionamiento de Auto Remisse en la que se dictó oportunamente con la Ordenanza Nº 06/73.

 

ART.4º) En  la Reglamentación de la Ordenanza Nº  06/73,  donde dice  en el Art.2º Modelo 1.963, debe decir:”  A  partir del  Año 1.960 “.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

  

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante,  Noviembre  22 de l973.   

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