VISTO:
Lo que prescribe el Art. Nº 49 de la Ley Orgánica Nº 2756, y
CONSIDERANDO:
Que las obligacioens de los contribuyentes para con la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, consistentes en Tasa; Derechos y Contribuyentes, y demás gravámenes según lo determinado en la Ley Nº 2756.
Este Concejo en Sesión de la fecha aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 43 BIS/ 73
ART.1º) Apruébase la Ordenanza General Impositiva del Año 1.974, con los Arts. determinados según los Preceptos Generales de la Ordenanza de referencia; que consta de 157 Arts. y …de forma que se adjunta a la presente Ordenanza.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, Diciembre 24 de l973.