VISTO:
Las peticiones recibidas por las comisiones vecinales en representación de los contribuyentes respecto a una prórroga en el vencimiento de la fecha de pago de la Tasa General de Inmuebles correspondiente alo 2º Anticipo del año 1.984, y
CONSIDERANDO:
Que existen razones reales que justifican el hecho que un considerable sector de la población no haya podido cumplir con la obligación fiscal.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 66/84
ART.1º) Prorróguese hasta el día 16 de julio de 1.984 el pago de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 28 de junio de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone