VISTO Y CONSIDERANDO:
Que se han experimentado atrasos en la percepción de los pagos del 2do. Trimestre de la Tasa General de Inmuebles, y existiendo necesidad de fondos en este Municipio.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 80/84
ART.1º) Prorrógase el plazo del pago del 2do. Trimestre de la Tasa General de Inmuebles 1.984, hasta el 15 de agosto de 1.984.
ART.2º) Esta prórroga es la última que se concede para el 2do. Trimestre. Texto derogado por Ord. 0086/84
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, julio 31 de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone