VISTO:
La petición realizada por el Sindicato de Trabajadores Municipales, y
Que la propiedad, por la cuál se solicita la eximisión del pago de la Tasa General de Inmuebles es utilizada como ente social.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 373/88
ART.1º) Exceptuase del pago de la Tasa General de Inmuebles al Sindicato de Trabajadores Municipales de la propiedad de calle Iriondo 2032 (Sección 10, Manzana 003, Lote 002).
ART.2º) La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de marzo de 1.988
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone