VISTO:
DICTAMEN DE COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA.
Referencias: Incremento Tasas Generales de Inmuebles.
Incremento T.A.P. Tasa Alumbrado Público.
CONSIDERANDO:
En el entendimiento de que los porcentajes de aumento solicitados para la Tasa de Servicios, con altos para el difícil momento actual de las finanzas de los contribuyentes, y aún reconociendo que las cifras solicitadas se ajustan a la realidad se conviene efectuar que quita a los porcentuales pedidos para posibilitar de ese modo que un mayor número de frentistas paguen las Tasas que le corresponden.
Se requiere asímismo confeccionar afiches donde se insista a los vecinos al cumplimiento del pago de las Tasas que saldrán al cobro, como así también el de las vencidas y no canceladas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 455/88
ART.1º) Increméntese las Tasas Generales de Inmuebles en el 43 % aplicable al 5 % Bimestre de 1.988. ( Anticipo ).
ART.2º) Fíjese la T.A .P. ( Tasa de Alumbrado Público ) en Australes 27,50 Mensuales a ser cobrados por la Coop. Integra Ltda. de Villa Gobernador Gálvez, a los usuarios de energía eléctrica a partir de la facturación correspondiente al Mes de Septiembre de 1.988.
Los restantes frentistas, propietarios de baldíos, abonarán dichas Tasas junto con las correspondientes recolección de residuos, barridoa, zanjeo, etc.
ART.3º) Fíjase como fecha de vencimiento del 5º Anticipo Bimestral /88 el día 22 de Octubre de 1.988.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 29 de Septiembre de 1.988.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone