Ord. 0455/88 Incrementa un 43% Tasa Gral de Inmuebles 5º bimestre

 VISTO:

 DICTAMEN DE COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA.

 Referencias: Incremento Tasas Generales de Inmuebles.

 Incremento T.A.P. Tasa Alumbrado Público.

 CONSIDERANDO:

 En  el  entendimiento de que los  porcentajes  de  aumento solicitados  para la Tasa de Servicios, con altos para  el difícil momento actual de las finanzas de los contribuyentes,  y  aún reconociendo que las  cifras  solicitadas  se ajustan a la realidad se conviene efectuar que quita a los porcentuales  pedidos para posibilitar de ese modo que  un mayor número de frentistas paguen las Tasas que le corresponden.

 Se requiere asímismo confeccionar afiches donde se insista a  los vecinos al cumplimiento del pago de las  Tasas  que saldrán al cobro, como así también el de las vencidas y no canceladas.  

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 455/88

 
ART.1º) Increméntese las Tasas Generales de Inmuebles en el 43  % aplicable al 5 % Bimestre de 1.988. ( Anticipo ).

ART.2º) Fíjese  la T.A.P.  ( Tasa de Alumbrado Público ) en  Australes 27,50 Mensuales a ser cobrados por la Coop. Integra Ltda. de Villa Gobernador Gálvez, a los usuarios de  energía  eléctrica a partir de la facturación  correspondiente al Mes de Septiembre de 1.988.

        Los restantes frentistas, propietarios de baldíos,  abonarán  dichas Tasas junto con las correspondientes  recolección de residuos, barridoa, zanjeo, etc.

ART.3º) Fíjase  como fecha de vencimiento del 5º Anticipo  Bimestral /88 el día 22 de Octubre de 1.988.

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 
 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 29 de Septiembre de 1.988.

 

Presidente: Juan Carlos Cabos

Secretaria: Victor Mautone

 

 

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