VISTO:
El Reglamento de Uso y División del Suelo aprobado por Ordenanza Nº 71/74 sancionada el 21/06/74 y modificado por Ordenanza 80/74, 420/82, 63/84 , 112/84 , 241/86 y 429/88 ,y
CONSIDERANDO:
Que en los sectores residenciales R5 se admite la subdivisión de lotes existentes en lotes internos con superficie mínima igual a 120 m² .
Que en estos sectores existen lotes originados en las primeras urbanizaciones del distrito, cuya superficie no permite la subdivisión reglamentaria, a pesar de que tienen dos frentes, sin ser por ello esquinas.
Que es necesario contemplar aquellos casos excepcionales que no se contraponen al espíritu de la normativa vigente.
Que las áreas competentes informan de la finalización de las obras mencionadas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 466/88
ART.1º) Modifícase el Art. 1.3.1.5. Sector Residencial R5, del Reglamento de Uso del Suelo, agregándose el Inciso designado con la letra i, cuyo texto quedará redactado como a continuación se detalla:
Art.1.3.1.5. Inc. i) Casos excepcionales de Subdivisión:los lotes existentes al 21 de Junio de 1.974, que cuenten con frente a dos calles o pasajes, exceptuando a las esquinas, podrán ser subdivididas en dos nuevos lotes, ambos frentistas a distintas calles o pasajes. El frente mínimo será el original del lote existente. La superficie mínima de cada nuevo lote será igual a 120 m² .
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 10 de Noviembre de 1.988.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone