VISTO:

 La  petición del Departamento Ejecutivo,  donde  solicita autorización para celebrar un contrato de locación y  las razones expuestas en la misma, con la Sra. Rabitti, y que se  dictó en su oportunidad el Decreto Nº 67/88, el  cual ese Departamento solicita a su vez que sea modificado por una Ordenanza,  y

 CONSIDERANDO:

  Que el Art. 41 Inciso 17 de la Ley 2756, es atribución del Intendente  Municipal, la celebración de contratos  dentro del  Presupuesto  General.

 Que  el  monto excedería la proporción establecida  en  el Art.  10, que se han acreditado las razones de  conveniencia,  necesidad y urgencia invocadas por  el  Departamento Ejecutivo, exigidas por el Art. 11 .

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 469/88

 
 

 ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, la  celebración  del Contrato de Locación con la  Señora  Rabitti, por  los inmuebles ubicados en calle Fornieles 867 y  Juan D.  Perón 1799, de la Ciudad de Villa  Gobernador  Gálvez, por  el  plazo y los precios estipulados  en  el  contrato respectivo.

 ART.2º) Deróguese  el Decreto 67/88 aprobado el 18 de  Agosto  de 1.988, prescindiéndose de la Licitación Pública  fundamentada por Ley 2756 Art. 10.

 ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 
 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de Noviembre de 1.988.

 

Presidente: Juan Carlos Cabos

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

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