VISTO:
La nota de remisión del Departamento Ejecutivo, y efectuado el análisis del nuevo cuadro tarifario a aplicar por la Cooperativa Integral Limitada de Villa Gobernador Gálvez para el facturado Noviembre /88, y
CONSIDERANDO:
Las explicaciones dadas por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad junto con el CPN Adolfo Menéndez en reunión especial del día 1º de Diciembre con los Sres. Concejales, en relación al tema, la Comisión correspondiente de su aprobación al cuadro remitido por el Departamento Ejecutivo.
Se observa que la Cooperativa ha debido soportar mayores costos tanto en la energía que la factura la EPE como así también se suman otros gastos de explotación que les han sido incrementados en prácticamente en un 10 %.
Trasladando y respetando ese porcentaje observamos que pese al incremento citado, nuestro cuadro tarifario va a seguir siendo inferior al que aplica la EPE en Rosario, quedando remarcado que nuestras tarifas siguen siendo inferiores a las del ente estatal para los usuarios de esta localidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 473/88
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo a poner en vigencia el cuadro tarifario adjunto, desglosado de la nota presentación que nos ha hecho llegar el mismo a los fines de que la Cooperativa Integral Limitada de Villa Gobernador Gálvez lo aplique al denominado ” facturado Noviembre /88, al que debe agregarse únicamente la T.A .P. y los impuestos nacionales.
ART.2º Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 1º de Diciembre de 1.988.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone