VISTO:
La nota presentación de la Secretaría de Gobierno que acompaña informe técnico sobre la estructura de costos del servicio público de energía eléctrica que presta la Cooperativa Integral Limitada de Villa Gobernador Gálvez en esta Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que analizado el mismo y requerida la opinión del Asesor Contable del Concejo, se aprecia que el incremento tarifario fijado para su aplicación del mes de febrero/89 de la Concesionaria , se ajusta a la realidad actual y de los valores fijados se ubican a la par de lo que cobra la E.P .E. a sus usuarios de la Ciudad de Rosario.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 495/89
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar a
Se deja aclarado que al citado cuadro tarifario sólo se adicionarán las leyes nacionales vigentes y el T.A.P.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de marzo de 1.989.
Presidente: Juan Mintzias
Secretaria: Victor Mautone