VISTO:
Las disposiciones de Ordenanzas Nº 475/88 y 486/89 , por las que se establecen especiales planes de cancelación de deudas pro los tributos Tasa General de Inmuebles Zona Suburbana y Tasa Mantenimiento Necrópolis, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de extender el plazo acordado, como también los beneficios acordados por las normas respectivas, con el objeto de favorecer la adhesión de los morosos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 510/89
ART.1º) Prorróguese hasta el día 31 de mayo de 1.989, el plazo para acogerse a los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 475/88 .
ART.2º) Prorróguese hasta el día 30 de junio de 1.989, el plazo de acogimiento a los beneficios otorgados por Ordenanza Nº 486/89 .
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que por Decreto extienda por 30 días más los términos mencionados en los Arts. precedentes.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 20 de abril de 1.989.
Presidente: Juan Mintzias
Secretaria: Victor Mautone