VISTO:
La necesidad de actualizar los valores vigentes de la Ordenanza Tributaria que a la fecha está aplicando la Municipalidad, y
CONSIDERANDO:
Que los valores que se están cobrando han quedado totalmente desactualizados por la inflación siempre creciente.
Que a los fines de que la Municipalidad no se siga perjudicando con ingresos que a la postre le resultan insuficientes para atender, aunque más no sea en parte el pago de sueldos y gastos propios de desenvolvimiento diario, este Concejo entiende de que los valores propuestos se ajustan a la realidad actual, debiendo observar solamente el Título IX Derecho de Registro e Inspección Art. 23º en la parte correspondientes a cuotas mínimas generales en las cuáles solicitamos se reduzca la Categoría “A” a A 15.000.- en lugar de A 20.000.- quedando las otras igual a la propuesta del Departamento Ejecutivo, todo ello en virtud de que debido al receso que estamos viviendo, el comercio y la industria vienen sufriendo una marcada reducción de ventas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 598/90
ART.1º) Procédase a actualizar los valores de la Ordenanza tributaria en vigencia por los fijados en los veintiséis artículos del proyecto adjunto y que forman parte de la presente, con la sola modificación de los correspondientes al Art. 23º que se fijan así:
Categoría “A”………………A 15.000.-
Categoría “B”………………A 36.000.-
Categoría “C”………………A 72.000.-
Categoría “D”………………A 144.000.-
Categoría “E”………………A 284.000.-
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de Marzo.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone