Ord. 0607/90 Incorpora al art. 1 Ord. 10/84 empresas de existencia física o ideal (Derogada)

 VISTO:

La  Ordenanza Nº 10/84 , sancionada por el Concejo  Deliberante el 5 de Enero de 1.984.

Las  disposiciones normativas tributarias previstas en  el Capítulo  V  del Art. 106, Ley 8.173 de  la  Provincia  de Santa fe, y

 

CONSIDERANDO:

Necesario encuadrar dentro de las normas fiscales al  respecto,  a todos aquellas personas de existencia visible  o jurídica  que  utilicen precaria o permanente  el  espacio aéreo terrestre o subterráneo del dominio público.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 607/90

ART.1º)  Incorpórase al Art. 1º de la Ordenanza Nº 10/84   el  siguiente  inciso:  d)  ” Quedan en  las  disposiciones  normativas tributarias,  todas  aquellas  personas de  existencia  física  o ideal, cualquiera fuere su constitución jurídica, que hiciere uso u ocupación del Dominio Público Municipal, en carácter esporádico o  permanente, en cumplimiento de su objeto social, como  también el realizado en consecuencia para tal”.

ART.2º)  Ratificar  totalmente  la vigencia de  la  Ordenanza Nº 10/84, con más el agregado del Art. anterior.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 10 de Mayo 1990.

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

Nota: Derogada por Ordenanza 1951/10.

 

 

 

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