VISTO:
Que el sistema democrático otorga al Pueblo una intervención eficaz en su propio gobierno, y
CONSIDERANDO:
1º) Que esto implica necesariamente que una verdadera democracia no será sino aquella que coloque al ciudadano en cualquiera de las formas y métodos de expresar sus opiniones y de hacerlas valer, para el bien común, con la mayor eficacia, con reconocimiento histórico y humano.
2º) Que esta participación debe facilitarse más aún cuando es el mismo pueblo quien rinde homenaje a sus grandes hombres.
3º) Que en esta oportunidad un barrio honores a un hombre que tiene en su haber:
– Su conducta, su condición de trabajador, su moral;
– Fue fundador del Club Infantil Villa Diego Oeste en el Año 1.969, el que condujo y alentó por más de 15 años;
– Fue uno de los fundadores de
– Fue un permanente colaborador social, fundamentalmente con los niños necesitados del barrio.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 609/90
ART.1º) Reemplázase en el sector 8vo. de
ART.2º) Desígnase con el nombre Domingo José González a dicha calle.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios para la imposición del nombre requerido.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 10 de Mayo de 1.990.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone