Ord. 0636/90 Incremento En Los Valores De La T.G.I.

 

VISTO:

 

El proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo  Municipal, respecto a la necesidad de incrementar la Tasa  General de Inmuebles, y

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que los argumentos esgrimidos tienen en un sustento  real, cuál es la continuidad del proceso inflacionario, el  cuál para  suerte  de todos se está aminorando en  los  últimos meses, lo que es de conocimiento público.

 

Que  los incrementos solicitados, de acuerdo  al  análisis comparativo  adjuntado demuestran el defasaje operado,  lo cuál  debe recomponerse mediante el cobro de las  tasas  a los usuarios.

 

Que habiéndose presentado en este Concejo el actual Secretario de Hacienda de la Municipalidad, dio detalles explicativos  de la necesidad de que se produzcan los  aumentos solicitados  para no resentir el funcionamiento  del  Ente Municipal.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 636/90

 

 

ART.1º) Increméntase  en un 16,57 % el valor por metro de  frente de los Códigos de la Tasa General de Inmuebles, con excepción  de los Códigos 11-20-111-101-200-1111 y 1120 que  se incrementarán con respecto a los calores anteriores en  un 22 %, todos correspondientes al 5/A/M/1.990.

 

 

 

ART.2º) Los  incrementos del Art. anterior entiéndese  aplicables sobre el 4/A/M próximo pasado.

 

 

 

ART.3º) Autorizar  a  la Cooperativa Integral  Limitada  de  esta Ciudad,  a  aplicar el valor de A 6.000 en  el  denominado Facturado Julio 1.990.

 

 

 

ART.4º) El Departamento Ejecutivo Municipal fijará por Decreto la fecha de vencimiento de la tasa, incluso las prórrogas que se  vean justificadas en razón de brindar a los  contribuyentes del tributo, un plazo exceptivo improrrogable.

 

 

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, Julio 19 de 1.990

 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

print
Scroll al inicio