VISTO:
Que la administración Municipal atraviesa desde hace bastante tiempo una incómoda situación económica financiera que no le permite afrontar con sus obligaciones elementales, como pago en término de salarios, asignaciones familiares, fondo especial para seguridad, presupuesto del Concejo Deliberante donde están cubriendo al arbitrio del Poder Ejecutivo las dietas de Diciembre de los Concejales, el no pago del Fondo de Asistencia Educativa, y
CONSIDERANDO:
Que además de todo lo expuesto nos encontramos con calles construidas con imposibilidad de mantenimiento, veredas rotas, parque automotor desmantelado, desagües tapados, caños rotos, etc. se hace necesario que a fin de que por lo menos mantener la actual y complicada situación, y teniendo preferentemente en cuenta que este año 1.991 será cuando las actuales autoridades del Gobierno Municipal dejarán de ejercer funciones y en consecuencia deberán abstenerse de asumir compromisos que comprometen aún más al futuro Gobierno Municipal.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 689/91
ART.1º) Dispóngase a partir del 30 de Abril de 1.991 el congelamiento de todas las vacantes en
ART.2º) La restricción impuesta en el punto anterior se refiere a la incorporación de personal a la planta permanente municipal.
ART.3º) La contratación de personal temporario no podrá superar la fecha tope del 5 de Diciembre de 1.991.
ART.4º) Cualquier disposición de carácter posterior que se oponga a la presente será considerada nula a sus efectos y responsable directo sus ejecutores.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de Abril de 1.991.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone