Ord. 0691/91 Se Declara Preocupación Del Gobierno Municipal, La Deserción Escolar En Dist. Escuelas.

VISTO:

 

El informe enviado por el Departamento Ejecutivo, respondiendo a la Ordenanza Nº 666/90 , y

 

 

 

CONSIDERANDO:

 Que la mala situación económica favorece al incremento  en la  cantidad de niños desertores en la  Escuela  Primaria, que la desocupación que padecen los padres de estos niños, la  falta de capacidad general en muchos casos  sumados  a los  inconvenientes  propios  de estas  familias,  que  la inmensa mayoría de los casos observados en nuestras escuelas  pertenecen a familias numerosas y que la cantidad  de niños desertores están próximo a 100 ( cien ).

Debemos  dar solución rápida y duradera efectiva y  permanente, pues de transcurrir algunas semanas más a contar de la  fecha, sería prácticamente imposible que  estos  niños recuperen el tiempo perdido y por ende el conocimiento, la comprensión  y los requisitos fundamentales que sirven  de base  del resto a ese aspecto, esto lo llevaría además,  a convertirse  en posibles repetidores, lo que  sumaría  una grave situación más, a las ya presentadas por ellos y  sus respectivas familias.

Ningún  Pueblo en la Historia, se ha podido sentir  libre, mientras su capacidad general fue ínfima. Los Estados  que descuidan   la preparación y la formación general  de  sus niños, renuncian a un provenir venturoso.

El  analfabetismo, producto de la deserción escolar  entre otras  razones, es uno cimientos donde los  vende  patrias edifican las colonias. En el analfabetismo producto de  la miseria social, se apoyan la delincuencia, la vagancia, el alcohol, la droga, la prostitución general.

No son los niños si sus padres los culpables.

No son los docentes los que favorezcan la deserción.

La inmoralidad de los poderosos de dinero o por mandato es la culpa directa y precisamente la inmoralidad se  corrige con educación, los vicios se curan con virtudes, los errores con conocimiento.

En  nuestra ciudad, el problema es viejo como en  el  país mismo  y la solución no llega, es elemental que hoy  mismo la brindemos.

Si  faltan alimentos en casa de los niños  desertores,   ( que  es  el caso que tratamos ) debemos dárselos,  sin  no tienen  útiles,  ayudemos a las Escuelas para  que  puedan facilitárselas,  si lo que falta es el calzado, pues  comprémoslo, guardapolvos lo mismo cariño, amor no le  falta, a pesar de todo, sus padres y los maestros allí están,  lo que  necesitan urgente es una serie de elementos  materiales.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 691/91

 

 

ART.1º) Declarar PREOCUPACION ELEMENTAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD el problema de la deserción escolar.

 

ART.2º) Proveer el alimento necesario en aquellas escuelas  donde no  exista  comedor, para estos niños cuya  situación  sea delicada en ese aspecto.

 

ART.3º) Efectuar un acercamiento con cada escuela que posea  este problema  a  los  fines de  determinar  cuántos  elementos necesitan  en  lo que hace a: cuadernos,  lápices,  gomas, reglas, guardapolvos, zapatillas ay cualquier otro útil  o elementos que los docentes crean necesarios.

 

ART.4º) Disponer que el Gobierno local,  ( Departamento Ejecutivo y  Concejo  Deliberante  ) personal  idóneo  para  brindar colaboración  a los docentes en la tarea de reparación  de esos niños a sus respectivos grados.

 

ART.5º) Poner  a disposición de las Escuelas, lo que su  personal Directivo requiera y esté a nuestro alcance, para efectuar tareas de PREVENCION de futuros casos de deserción.

 

ART.6º) Realizar  un control estricto con las Escuelas, a fin  de corroborar  si  las  cantidades mencionadas  no  han  sido modificadas, a saber:

 

       Escuela Nº 1.271.                   14 niños desertores.

              Nº 1.270.                   11          

              Nº 1.204.                   17          

              Nº 1.148.                   25          

              Nº 1.117.                    3          

                 132.                   18          

              Nº 1.266.                   18          

                                        ——–

       Total.                             106

 

ART.7º) Efectuar  un  control de los niños que  han  cambiado  de domicilios y por lo tanto, deben asistir a otras  escuelas a  fin  de  determinar si asisten a las  escuelas  que  le corresponden.

 

 

ART.8º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de Abril de 1.991.

 

 

  Presidente: Juan Carlos Cabos

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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