Ord. 0703/91 Deróg. Los Fundamentos Contenidos En La Ordenanza Nº 686/91.

VISTO Y CONSIDERANDO:

 

Que los fundamentos contenidos en la Ordenanza 686/91   no son coincidentes con el contenido de la parte dispositiva de  dicha  Ordenanza,  lo que hace  necesario  reveer  lo expuesto en los ” Vistos ” de la Ordenanza de  referencia con un correcto funcionamiento.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 703/91

 

ART.1º) Derógase  los  fundamentos  contenidos  en  la  Ordenanza 686/91 específicamente en lo expuesto en la parte de los ” Vistos ” de la citada Ordenanza.

                    

ART.2º) En  su  lugar establézcase como nuevo  texto  del  citado Visto,  lo siguiente: ”  Que a los efectos de la  subdivisión  de  tierras rige en este Distrito  la  Ordenanza  Nº 71/74, que la misma establece medidas y superficies  mínimas  para  los lotes, de acuerdo al sector  en  que  están ubicados,  que no obstante ello, en numerosos casos se  ha otorgado  permiso de edificación para la  construcción  de dos  o  más  viviendas en un lote mínimo,  de  acuerdo  al reglamento  o  edificación vigente, que en  general  estas viviendas  pertenecen  a distintos propietarios,  los  que desean regularizar su situación dominial en forma independiente,  que las caraterísticas de la unidades de  vivienda,propias de la propiedad vertical, no se condicen con el espíritu de las Ley Nacional Nº 13.512 y Pcial.Nº 4.194 de Propiedad Horizontal.

 

ART.3º) Manténgase  en  plena vigencia los Arts. 1º y  2º  de  la citada Ordenanza Nº 686/91 del 11 de Abril de 1.991.

 

ART.4º) Dése conocimientos con copia al Departamento de  Topografía y Catastro del Municipio para su aplicación.

 

ART:5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de Agosto de 1.991.

Presidente: Juan Carlos Cabos

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

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