VISTO:
El Expte. 021/92, originado por expediente municipal 10.230/91 sobre eximisión Tasa Gral. de Inmuebles para un terreno perteneciente a
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado en cuenta para acceder a lo peticionado los fundamentos que manifiestan los cooperadores de la escuela en nota remitida a este Cuerpo, el 20 de Abril de 1.992, que dice: ” Que lo recaudado con el producto de la venta será destinado para la compra de elementos para el nuevo edificio escolar…”.
Que la eximisión solicitada solamente abarcará el período desde el 2º trimestre de 1.978 hasta el 9º Anticipo Mensual de 1.991, que es el tiempo de posesión de
Además,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 741/92
ART.1º) Exímase del pago de
ART.2º)
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Abril 29 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni