VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del Quinto Anticipo Mensual correspondiente al Período Fiscal 1.992.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 747/92
ART.1º) Emítase el Quinto Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del Quinto Anticipo Mensual el día 10 de Junio de 1.992.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 28 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea