VISTO:
El Expte. 123/92 por el cual los taxistas de la ciudad solicitan aprobación de la tarifa para el servicio de taxímetros, y
CONSIDERANDO:
Que al no contar con una tabla tarifaria expedida por el ente municipal los taxistas de la localidad tienen inconvenientes con los inspectores de la ciudad de Rosario, por eso mismo; el Concejo dispone que el área correspondiente de
Además se le concede un plazo no mayor de 60 días, a los titulares de licencias de taxis a los fines de que regularicen sus relojes para que comiencen a marcar sus tarifas en pesos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 754/92
ART.1º) Autorizar la tabla de tarifas para el servicio de taxímetro que se adjunta en el Expte. 123/92 con los siguientes valores:
– Valor bajada de bandera $ 0,61.
– Valor ficha c/100 metros $ 0,05.
– Valor ficha por c/minuta de espera $ 0,05.
ART.2º)El área pertinente del Departamento Ejecutivo procederá a confeccionar la tabla de tarifas para el servicio de taxis, con los valores aprobados en el Art. 1º. Dicha tabla se distribuirá entre todos los titulares de licencias de taxis.
ART.3º) Se determina que en un plazo no mayor de 60 días los titulares de licencias de taxis procederán a regularizar sus relojes a los efectos de que comiencen a marcar sus tarifas en pesos. El costo de la regularización de los relojes lo solventarán los titulares de las licencias de taxis.
ART.4º) Cada incremento y/o modificación de valores en las tarifas en el servicio de taxímetros será tratado en el Concejo Deliberante.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 18 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea