VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del Séptimo Anticipo Mensual correspondiente al Período Fiscal 1.992.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 764/92
ART.1º) Emítase el Séptimo Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del sexto Anticipo Mensual el día 10 de Agosto de 1.992.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 16 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea