Ord. 0766/92 Aprob. Decr. 306/92, Ratif. Conv.E/ Mun. V.G.Gálvez Y Fac. Cs. Económicas.

VISTO:

El  convenio  celebrado entre la Municipalidad  de  Villa Gdor.  Gálvez  y  la Facultad de  Ciencias  Económicas  y Estadística de la Universidad Nacional de Rosario, y

 

CONSIDERANDO:

 Que el mencionado convenio está referido a la ejecución de trabajos  por  parte de un equipo formado por  docentes  y alumnos  de las Escuelas de Administración y  Contabilidad de  Economía  y de Estadística, las cuáles  procederán  al estudio de los costos de las distintas actividades  vinculadas con la administración de esta Municipalidad.

Que la facultad, a través del citado convenio se compromete  a  asumir la responsabilidad académica,  adquirir  los bienes  de  consumo, servicios, equipamientos,  muebles  y útiles que se requieran, adquirir material  bibliográfico, poner a disposición de la Municipalidad los resultados  de los trabajos encomendados y toda otra documentación  solicitada.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 766/92

 

 

ART.1º) Apruébase  el Decreto Nº 0306/92 por el cual se  ratifica en todas sus partes el convenio celebrado entre la Municipalidad  de Villa Gdor. Gálvez y la Facultad  de  Ciencias Económicas  y Estadísticas de la Universidad  Nacional  de Rosario.

                                                            

ART.2º) Conforme  a la cláusula tercera del convenio, se  abonará la suma de $ 1.000.- ( Pesos Mil ) en carácter de  compensación,  suma que se actualizará mensualmente  de  acuerdo con el índice de precios al por mayor. 

 

ART.3º) El gasto que demande la aplicación de lo dispuesto en  el Art. 2º de la presente Ordenanza será imputado a la Partida  Presupuestaria    0.1.1/02.02.15.00  (   Retribución Servicios Oficiales ).   

 

ART.4º) Modifícase  el  Art. 5º del convenio celebrado  entre  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y la Facultad  de Ciencias Económicas y Estadística, el cual deberá decir: ” El  presente  convenio tienen un plazo de  seis  meses  de duración,  la renovación del Convenio se aprobará  previamente por el Concejo Deliberante “.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Archívese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 28 1992.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

print
Scroll al inicio