VISTO:
Que es de suma importancia el alquiler de una máquina tipo cargadora frontal por el término de 200 horas, y
CONSIDERANDO:
Que para realizar movimientos de tierra en distintos sectores de la ciudad, se hace necesario contar con dicha máquina.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 774/92
ART.2º) Se consideren los presupuestos mencionados por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, teniendo en cuenta el más conveniente para el Municipio; de acuerdo a importe presupuestado y otros rubros que deben considerarse.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 14 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea