Ord. 0798/92 Guardias De Cementerio Días Domingos Y Feriados.

VISTO:

La necesidad de cubrir los servicios mínimos en el Cementerio local San Lorenzo los fines de semana y feriados, y

 

CONSIDERANDO:

 Los  problemas  que evitaría habilitando  una  guardia  en dicho  Cementerio  los  días antes  mencionados  para  las necesidades del caso.

En  tal  sentido se estaría brindando a  la  comunidad  la posibilidad  de  enterrar a sus difuntos de  los  horarios apropiados y contribuir así a paliar la carencia que posee actualmente este servicio del Cementerio local, máximo aún en  circunstancias como ésta de incertidumbre y dolor  por parte de los familiares, ayudándolos al menos de posibilitarle una mejor infraestructura horaria.    

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 798/92

 

 

ART.1º) Dispóngase  una guardia de sepultureros y  empleados  los días Domingos y feriados en el Cementerio local San Lorenzo para la mejor atención al público.

 

ART.2º) El  Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá el  número de personal y en qué horarios desarrollarán las tareas que se menciona en el Art. anterior.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 27, 1992.

 

 

Presidente: Manuel Casteleiro

Secretaria: Ismael Brea

 

 

 

print
Scroll al inicio