Ord. 0815/93 2º Antic. Mensual Tasa Gral. Inmuebles, Período Fiscal ’93 – Venc. 10/03/93.

VISTO:

La Tasa General de Inmuebles y lo previsto en la Ordenanza Nº 805/92, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario implementar el cobro del 2º Anticipo Mensual correspondiente al período fiscal 1993.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº815/93

 

 

Art.1º) Emítase el 2do Anticipo Mensual de la Tasa General de Inmuebles,  correspondiente al período Fiscal 1993  con  los mismos valores que rigieron para el 1º Anticipo Mensual.

 

Art.2º) Fíjese como primer vencimiento del 2º Anticipo Mensual el día 10 de Marzo de 1993.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.

 

 

Presidente: Manuel Casteleiro

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

print
Scroll al inicio