VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 2º Anticipo Mensual correspondiente al período fiscal 1993.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº815/93
Art.1º) Emítase el 2do Anticipo Mensual de
Art.2º) Fíjese como primer vencimiento del 2º Anticipo Mensual el día 10 de Marzo de 1993.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni