VISTO: La tramitación iniciada ante
CONSIDERANDO: Que es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del terreno afectado a la construcción de las viviendas.
Que según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 900/93
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstas en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de las viviendas.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Octubre 14, 1993.
Presidente: Magdalena Sarache
Secretaria: Nestor Espinoza