VISTO:

 

La Tasa General de Inmuebles y lo previsto en la Ordenanza Presupuestaria respectiva, y

 


CONSIDERANDO:

 

Que  es  necesario implementar el cobro  del    Anticipo Mensual correspondiente al período fiscal Marzo de 1994.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 951/94

 

 

Art.1º) Emítase  el  3º Anticipo Mensual de la  Tasa  General  de  Inmuebles, correspondiente al período Fiscal Marzo de 1994 con  los  mismas tarifa por metro de frentes  que  rigieron para el 2º Anticipo Mensual.

 

Art.2º) Fíjese como primer vencimiento del 3º Anticipo Mensual el día 10 de Abril de 1994.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 29 de Marzo de 1994.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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