VISTO:
En
El proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 07/06/94, (Expte.769/94), y
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 6º anticipo mensual correspondiente al mes de Junio de 1994.
Que la tarifa aplicable para el cálculo del 6º anticipo mensual permanecerá igual a la que rigió para el 5º anticipo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 985/94
ART.1º) Emítase el 6º anticipo mensual de
ART.2º)
ART.3º) El importe correspondiente a
ART.4º) Fíjase como primer vencimiento del 6º anticipo mensual el día 10 de Julio de 1994.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 16, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza