Laopcióndecompra firmada porlaEmpresaCarolina S.A.C.I.F.I.ylaMunicipalidaddeVillaGobernador Gálvez,en fecha 18 de marzo de 1994 y prorrogadahasta el18 de Octubre de1994 para que la Municipalidadadquieraparasí una fracción de terrenoubicadaenla sección5º-parcelaA1- con unasuperficietotalde 35.019,28m², propiedad de la citada firma.
La Ordenanza Nº995/94 aprobada por el Concejo Deliberante donde se acepta la donación de una fracción de terreno de 10.000m² ubicada en la sección 5º -parcela A1-, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario llevar a cabo la construcción de viviendascon destino a familias de escasos recursos, locual permitirá cubrir la actual deficiencia habitacional.
Quela misma permitirá la contratación de manodeobra local con toda la multiplicidad que ello implica.
Que existen fondos en la Dirección Provincial deViviendas y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, destinados a la implementación de planes de viviendas.
Que existe una visación previa por parte de D.P.V. yU., paraelotorgamiento de los fondosquepermitiránla construcción de 80 (ochenta) viviendas.
Quedeben ser descontados de la opción decompra antes mencionadalos 10.000m² donados por la EmpresaCarolina S.A.C.I.F.I.,donación aprobada por OrdenanzaNº995/94 , porloqueel remanente a adquirir confondosdela D.P.V. y U. es de 25.019,28m².
Que según nota del Director de la D.P.V. y U. obranteen elexpte. Nº 894/94, resulta necesario presentar adicha Institución“El sistema oprocedimientoadministrativo quefaculteal DepartamentoEjecutivoMunicipalpara adjudicar las obras dentro de los 30 días a partir dela aprobacióndel crédito”, “en virtud de que laspartidas presupuestarias para créditos deben ser imputadas acada proyecto,por lo que de no recepcionarse respuesta ala brevedad,dichos recursos podrían ser asignados aotras obras”. Resulta por ende necesario prescindir del llamado alicitación pública y proceder al llamado alicitación privada para la adjudicación de las obras referidas,por cuanto resulta ser ésta la única alternativa quepermite garantizarlaadjudicación en el plazo exigidoporla D.P.V. y U..
Que para el logro de la obra se hace necesarioautorizar alDepartamento Ejecutivo Municipal a la compradelas tierrasdondese asentarán lasviviendas,siendolas pertenecientesala Empresa CarolinaS.A.C.I.F.I.,ut supra mencionadas, las únicas que contando con la totalidaddelos servicios, se encuentran disponiblesenla zonaurbanaparala realización de unaobradeésta dimensión.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de susatribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1008/94
Art.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar la compra directa de 25.019,28 metros cuadrados de tierra ubicada en la Sección 5 – Parcela A1 que como mayor área forman parte delafracción donada a la MunicipalidaddeVa.Gdor. Gálvezpor la firma CAROLINA S.A.C.I.F.I. y aceptadapor Ordenanza Nº 995/94, con fondos de la Dirección Provincial deViviendasyUrbanismo de la Pcia. deSantaFe,en virtuddela excepción al llamado aLicitaciónPública expresamente contemplada por el art.11º in fine de laLey 2756.
Art.2º) Declárase la necesidad de urgencia para la realización de la Obra de construcción de 80 viviendas por administración Municipalconfondosde la D.P.V. y U. enuntodode acuerdo a lo dispuesto por el art.11º segundo párrafo , Ley 2756.
Art.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a queuna vez aprobado el crédito por parte de la D.P.V. y U. procedaaefectuar el llamado a LicitaciónPrivadaparala adjudicación de la Obra de construcción de ochenta viviendasde acuerdo a los planos visados por la Secretaríade ObrasPúblicas de la Municipalidad y que se apruebanpor esta Ordenanza, y en un todo de acuerdo a lasdisposiciones de la D.P.V.y U.
Art.4º) Autorízaseal Departamento Ejecutivo a suscribir conla D.P.V.y U. los convenios que fuere menester paralograr los objetivos propuestos,fecha lo cual deberá remitirlos mismos al Concejo Deliberante para su aprobación.
Art.5º) Modifícase la Partida Presupuestaria 0.1.2/07.10.00.00( Viviendas FO.NA.VI. ) para la compra y construcción de las ochenta viviendas, debiendo remitir el Departamento Ejecutivo el cuadro presupuestario correspondiente a fin desu aprobación.
Art.6º) Autorízase al Departamento Ejecutivo proceda a la aperturadeuna cuenta bancaria especial para elregistrode ingresosy egresos de los fondos a girar por la D.P.V.y U. y el destino del gasto.
Art.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 22, 1994.