VISTO:
El Expte. Nº 934/94,y
CONSIDERANDO:
Que es evidente la urgencia que existe en proveer de ropa al personal municipal, encontrándose en mora
Que se ha suscripto un Acta Convenio con el Sindicato de Trabajadores Municipales fijándose un plazo máximo para su entrega.
Que al haberse realizado el Llamado a Licitación, con invitación a veintidós firmas, sólo se hizo presente un único oferente, por lo que correspondes anular el mismo, por no reunir los requisitos formales del mínimo de tres oferentes por Art. 10 de
ORDENANZA Nº1023/94
ART.1º) Anúlase el Llamado a Licitación Privada para la provisión de ropa al personal municipal establecido por el Art. 10 de
ART.2ª) Declárase la urgencia para la adquisición de la provisión de ropa para el personal municipal en virtud de la facultad otorgada al Concejo por Art. 11 Segundo Párrafo de
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la contratación Directa, para la adquisición de la provisión de ropa para el personal municipal, debiendo el contrato privado a realizarse, respetar todos y cada una de las condiciones estipuladas en las Bases del Llamado a Licitación Privada anulada por Art. 1ero. de la presente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 9, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza