VISTO:
Expte. 1011/95
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro de los 3º y 4º Anticipos Mensuales correspondiente a los períodos fiscales de los meses de Marzo y Abril.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1062/95
Art.1º) Emítanse los 3º y 4º Anticipos Mensuales del período fiscal 1995 de
Art.2º) Fíjase como primer vencimiento del 3º Anticipo Mensual el 10 de Abril de 1995 y del 4º anticipo mensual, el 10 de Mayo de 1995.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 9, 1995.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni