VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 11º y 12º Período Mensual, correspondientes a los Períodos Fiscales de los Meses de Noviembre y Diciembre de 1.995.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1132/95
ART.1º) Emítanse el 11º y 12º Período Mensual del Derecho de Registro e Inspección, correspondientes a los períodos fiscales de Noviembre y Diciembre de 1.995 con los mismos valores que rigieron para el 10º Período mensual de 1.995.
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 11º Período Mensual el 10 de Diciembre de 1.995, y para el 12º Período Mensual el 10 de Enero de 1996.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 3, 1995.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza