Expte. Nº 1185/96.
VISTO:
El Expte. Nº 1185/95, y
CONSIDERANDO:
Que atento haber ingresado el Programa Materno Infantil y Nutricional (PROMIN), en la tercera etapa de las obras de infraestructura, y habiendo sido aprobado por
Que teniendo en cuenta la urgencia en la concresión de la operación inmobiliaria, para no quedar fuera del Programa PROMIN, este Concejo Deliberante en uso de la facultad que le otorga el Art.11 de
Que el inmueble propuesto se halla a 200 mts. del actual Dispensario 17 de Octubre, y no se afectaría la atención médica de sus concurrentes.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1164/96
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal en virtud de las facultades que otorga a este Concejo el Art.11 de
ART.2ª) El inmueble descripto en el Art.1º, una vez adquirido por el Municipio, deberá ser afectado pura y exclusivamente como dispensario al Plan PROMIN; durante el tiempo de duración del mismo.
ART.3º) Autorízase el gasto de $6.000.- (Pesos Seis mil), para la compra del inmueble de referencia, pagaderos en 3 //
( tres ) cuotas iguales y consecutivas, imputándose el mismo a la partida presupuestaria correspondiente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístres.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Marzo de 1996.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza