VISTO:

El  Expediente  Nº 1.268/96. Solicitud  autorización  para suscribir  convenio control de tránsito vehicular  con  el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

La Ley 2756, Art. 39º Inciso 38 y concordantes, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Art. 39º Inciso 38 faculta al Concejo Deliberante a legislar  en la materia de tránsito vehicular en el  éjido Municipal  y  siendo que el convenio a  suscribir  con  la Provinica  de  Santa Fe, resultará  sumamente  beneficioso para  el Municipio no sólo en materia económica sino  asímismo  de  contralor de documentaciones  de  transporte  y mercaderías hasta la fecha vedados.

Que  por lo tanto, es necesario autorizar al  Departamento Ejecutivo  Municipal suscribir convenio con la  Provincia, mediante Ordenanza por ser ésta una exigencia del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1.212/96

 

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a  suscribir  con el Superior Gobierno de la Provincia de Santa  Fe convenio  para el control del tránsito vehicular en  Rutas Nacionales y Provinciales.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 21 de 1.996.

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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