El Reglamento Interno del Concejo Deliberante en sus Arts. 171º y 172º, y
CONSIDERANDO:
Quelegislar en materia de Producción,Puerto,Comercio Exterior y Promoción de Empleo es una necesidadprioritaria de la época actual.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez carecede una Legislación adecuada en la materia.
Que para lograr una real inserción en el Mercosur y enla EconomíaRegionalaprovechando laubicacióngeográfica estratégica que detenta este Municipio, es menester que el DepartamentoLegislativocuente con una Comisióndela Producción,Puerto,ComercioExterioryPromociónde Empleo que sea la encargada del tratamiento yelaboración de todos los proyectos relativos a esta materia.
Quepara la creación de la ComisióndelaProducción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo, esnecesarioreformar el Reglamento Interno del ConcejoDeliberanteen la forma establecida por el mismo ensusArts. 171º y 172º.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1220/96
ART.1º) CréaselaComisión InternapermanentedeProducción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo.
ART.2º) Modifícaseel Art. 41º Título V del ConcejoDeliberante de Villa Gobernador Gálvez, denominado “De Las Comisiones”elcuálquedará redactado de la siguientemanera:“Las Comisiones Internas Permanentes serán nueve y constarán de cincomiembros,cada Comisión designarádentrodelas mismasaun Presidente y un Secretario.LasComisiones son:1) GOBIERNO Y EDUCACION. 2) PRESUPUESTO YHACIENDA. 3) OBRAS PUBLICAS. 4) SERVICIOS PUBLICOS. 5) SALUDPUBLICA. 6) ACCION SOCIAL. 7) PLANEAMIENTO. 8) ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE.9)PRODUCCION,PUERTO,COMERCIOEXTERIORY PROMOCION DE EMPLEO.
ART.3º) Refórmaseel Reglamento Interno del ConcejoDeliberante deVilla Gobernador Gálvez, incorporándose como Art.44º Ter.elsiguiente texto: “Corresponde a laComisiónde Producción,Puerto,Comercio ExterioryPromocióndel Empleo:entender en la redacción con los sectoresdela producción;intervenir en las pautas para laelaboración de los regímenes de promoción y protección deactividades económicasen el área de su competencia y de losinstrumentosquelo concrete; entender en loatinentealas inversionesextranjerasque serealicenenterritorio municipal, así como en la promoción de las mismas;intervenir en las cuestiones ligadas a la temática de transporte fluvial y marítimo, hidrovía, dragado, obras en el río, obrasde márgenes; zonas de recreación y turismos,yen todolo atinente a la problemática portuaria engeneral; entenderenla promoción del Comercio exterior yenla relación con los Organismos Nacionales competentes; entender en lo atinente al desarrollo tecnológico,coordinando la asistencia y el asesoramiento técnico al sectorprivado;entender en el fomento de la actividad industrialen territorioMunicipal,capaz de acrecentarelnivelde empleo,en general en todo lo concerniente con lapromoción,organización y coordinación de la actividadindustrial, portuaria y de comercio exterior en todo elterritorio Municipal”.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 10, 1996.