Expte. Nº 1.283/96.
VISTO:
El Reglamento Interno del Concejo Deliberante en sus Arts. 171º y 172º, y
CONSIDERANDO:
Que legislar en materia de Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo es una necesidad prioritaria de la época actual.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez carece de una Legislación adecuada en la materia.
Que para lograr una real inserción en el Mercosur y en la Economía Regional aprovechando la ubicación geográfica estratégica que detenta este Municipio, es menester que el Departamento Legislativo cuente con una Comisión de la Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo que sea la encargada del tratamiento y elaboración de todos los proyectos relativos a esta materia.
Que para la creación de la Comisión de la Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo, es necesario reformar el Reglamento Interno del Concejo Deliberante en la forma establecida por el mismo en sus Arts. 171º y 172º.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1220/96
ART.1º) Créase la Comisión Interna permanente de Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo.
ART.2º) Modifícase el Art. 41º Título V del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, denominado “De Las Comisiones” el cuál quedará redactado de la siguiente manera: “Las Comisiones Internas Permanentes serán nueve y constarán de cinco miembros, cada Comisión designará dentro de las mismas a un Presidente y un Secretario. Las Comisiones son: 1) GOBIERNO Y EDUCACION. 2) PRESUPUESTO Y HACIENDA. 3) OBRAS PUBLICAS. 4) SERVICIOS PUBLICOS. 5) SALUD PUBLICA. 6) ACCION SOCIAL. 7) PLANEAMIENTO. 8) ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE. 9) PRODUCCION, PUERTO, COMERCIO EXTERIOR Y PROMOCION DE EMPLEO.
ART.3º) Refórmase el Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, incorporándose como Art. 44º Ter. el siguiente texto: “Corresponde a la Comisión de Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción del Empleo: entender en la redacción con los sectores de la producción; intervenir en las pautas para la elaboración de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas en el área de su competencia y de los instrumentos que lo concrete; entender en lo atinente a las inversiones extranjeras que se realicen en territorio municipal, así como en la promoción de las mismas; intervenir en las cuestiones ligadas a la temática de transporte fluvial y marítimo, hidrovía, dragado, obras en el río, obras de márgenes; zonas de recreación y turismos, y en todo lo atinente a la problemática portuaria en general; entender en la promoción del Comercio exterior y en la relación con los Organismos Nacionales competentes; entender en lo atinente al desarrollo tecnológico, coordinando la asistencia y el asesoramiento técnico al sector privado; entender en el fomento de la actividad industrial en territorio Municipal, capaz de acrecentar el nivel de empleo, en general en todo lo concerniente con la promoción, organización y coordinación de la actividad industrial, portuaria y de comercio exterior en todo el territorio Municipal”.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 10, 1996.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni