Expte. Nº 1.283/96.

VISTO:

El Reglamento Interno del Concejo Deliberante en sus Arts. 171º y 172º, y

 

CONSIDERANDO:

Que  legislar en materia de Producción,  Puerto,  Comercio Exterior y Promoción de Empleo es una necesidad  prioritaria de la época actual.

Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez carece  de una Legislación adecuada en la materia.

Que para lograr una real inserción en el Mercosur y en  la Economía  Regional  aprovechando la  ubicación  geográfica estratégica que detenta este Municipio, es menester que el Departamento  Legislativo  cuente con una Comisión  de  la Producción,  Puerto,  Comercio  Exterior  y  Promoción  de Empleo que sea la encargada del tratamiento y  elaboración de todos los proyectos relativos a esta materia.

Que  para  la creación de la Comisión  de  la  Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo, es  necesario  reformar el Reglamento Interno del Concejo  Deliberante  en la forma establecida por el mismo en  sus  Arts. 171º y 172º.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1220/96

 

ART.1º) Créase  la  Comisión Interna  permanente  de  Producción, Puerto, Comercio Exterior y Promoción de Empleo.

 

ART.2º) Modifícase  el Art. 41º Título V del Concejo  Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, denominado “De Las Comisiones”  el  cuál  quedará redactado de la siguiente  manera:  “Las Comisiones Internas Permanentes serán nueve y constarán de cinco  miembros,  cada Comisión designará  dentro  de  las mismas  a  un Presidente y un Secretario.  Las  Comisiones son:  1) GOBIERNO Y EDUCACION. 2) PRESUPUESTO Y  HACIENDA. 3) OBRAS PUBLICAS. 4) SERVICIOS PUBLICOS. 5) SALUD  PUBLICA. 6) ACCION SOCIAL. 7) PLANEAMIENTO. 8) ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE.  9)  PRODUCCION,  PUERTO,  COMERCIO  EXTERIOR  Y PROMOCION DE EMPLEO.

 

ART.3º) Refórmase  el Reglamento Interno del Concejo  Deliberante de  Villa Gobernador Gálvez, incorporándose como Art.  44º Ter.  el  siguiente texto: “Corresponde a la  Comisión  de Producción,  Puerto,  Comercio Exterior  y  Promoción  del Empleo:  entender en la redacción con los sectores  de  la producción;  intervenir en las pautas para la  elaboración de los regímenes de promoción y protección de  actividades económicas  en el área de su competencia y de los  instrumentos  que  lo concrete; entender en lo  atinente  a  las inversiones  extranjeras  que se  realicen  en  territorio municipal, así como en la promoción de las mismas;  intervenir en las cuestiones ligadas a la temática de transporte fluvial y marítimo, hidrovía, dragado, obras en el río, obras  de márgenes; zonas de recreación y turismos,  y  en todo  lo atinente a la problemática portuaria en  general; entender  en  la promoción del Comercio exterior y  en  la relación con los Organismos Nacionales competentes; entender en lo atinente al desarrollo tecnológico,  coordinando la asistencia y el asesoramiento técnico al sector  privado;  entender en el fomento de la actividad industrial  en territorio  Municipal,  capaz de acrecentar  el  nivel  de empleo,  en general en todo lo concerniente con la  promoción,  organización y coordinación de la actividad  industrial, portuaria y de comercio exterior en todo el  territorio Municipal”.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 10, 1996.

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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