Ord. 1237/97 Acepta donación de la Empresa NIDERA

VISTO:

El Expte. Municipal Nº 18.096/97.

El Expte. Nº 1312/97.

La Ley Nº 2756, Art. 39, Inc. 8, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Empresa Nidera S.A. que efectúa trabajos en nuestra Ciudad vinculada por un contrato de locación con el Frigorífico SWIFT Armour S.A. ha ofrecido donar a la  Municipalidad la suma de $1.000.- (Pesos un mil) mensuales.

Que de acuerdo a lo estipulado  por el Art.39, Inc. 8,  es atribución del Concejo Deliberante aceptar o rechazar  las donaciones o legados que se hicieren al Municipio.

Que la donación debe ser aceptada sin condicionamiento  ni sujeción al cumplimiento de cargo alguno, vale decir  como un acto de simple liberalidad del donante.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1237/97

 

ART.1º) Acéptase  de  la  Empresa NIDERA  S.A.,  la  donación  de $1.000.-  (Pesos un mil),  en forma mensual  y durante  el plazo  de vigencia del contrato de locación que la vincula con la Empresa SWIFT Armour S.A.

 

ART.2º) El importe mencionado en el Artículo 1º será ingresado  a la Partida Presupuestaria Nº 0.1.1./02.01.11.00 (subsidios y Donaciones).

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 15, 1997.

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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