Ord. 1292/97 Convenio complementario de transporte entre Rosario y Villa Gdor Gálvez
VISTO:
El Expediente Nº 1.409/97.
CONSIDERANDO:
Que en fecha 25 de Noviembre de l997 ha sido suscripto de conformidad entre
Que
Que la empresa ha solicitado algunas modificaciones al recorrido convenido originariamente, debiendo aprobarse las mismas por cuánto resultan convenientes tanto para los vecinos usuarios del servicio como para el ordenamiento vehicular de
Que es atribución del Concejo Deliberante legislar en la materia de acuerdo a lo dispuesto por
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1292/97
ART.1º) Homológase el Convenio Complementario de Transporte celebrado entre los Municipios de Rosario y Villa Gobernador Gálvez, en fecha 25 de Noviembre de 1.997.
ART.2º) Apruébase para
IDA: Desde Comandante Espora y San Luis, por Libertad, 17 de Octubre, Bv. San Diego, Av. General Juan Domingo Perón, Fornieles, Independencia, Belgrano, Avda. San Martín, Libertad, Rivadavia, Bv. San Diego, Avda. San Martín hasta el límite del Municipio.
VUELTA: desde Ayacucho y límite del Municipio, por Avda. San Martín, Bv. San Diego, Rivadavia, J. Jaures, Avda. San Martín, Eva Perón, Garay, Avda. General Juan Domingo Perón, Bv. San Diego, San Luis hasta Comandante Espora.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 4, 1997.
Presidente: Carlos Croci
A/C Secretaria: Mario Correale